Estudio de SCJN tunde reforma judicial de Obrador: “No garantiza justicia de calidad”

Se señala que la elección de juzgadores por voto popular sí afectará el acceso a la justicia y se compromete su imparcialidad

Estudio de SCJN tunde reforma judicial de Obrador: “No garantiza justicia de calidad”
Foto: Alto Nivel

Un análisis interno realizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a la reforma que impulsa el presidente Andrés Manuel López Obrador al Poder Judicial concluyó que con esta iniciativa no se garantiza legitimidad ni calidad en la impartición de justicia.

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De acuerdo con el estudio, el cual tuvo acceso el portal La Silla Rota, se expone que esta iniciativa plantea cambios importantes en el sistema judicial, tales como:

1.- La elección de personas juzgadoras por voto popular.

2.- La creación de un nuevo órgano de administración judicial.

3.- La creación de un tribunal de disciplina judicial.

4.- Cambios procesales para garantizar una justicia pronta y expedita.

Elección popular de juzgadores puede colocarlos en una situación de vulnerabilidad

En torno a la elección de los integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF) por medio del voto ciudadano, el Máximo Tribunal del país apuntó que ello no garantiza una mayor legitimidad; tampoco es garantía de mayor calidad en las decisiones judiciales.

Añadió que esta propuesta no avala que las personas electas cuenten con los conocimientos y competencias necesarias para desempeñar la función judicial y sí afectará el acceso a la justicia y la seguridad jurídica de las personas involucradas en procesos judiciales.

En ese sentido, alertó que en caso de aprobarse dicha iniciativa del mandatario tabasqueño conllevará a la destitución injustificada de quienes actualmente ocupan esos cargos a nivel federal y estatal; habrá altos e innecesarios costos derivados de la elección popular dela judicatura estatal y federal.

Agregó que el proceso de selección de personas candidatas no garantiza que a quienes se elija sean idóneas para desempeñar la función judicial, y el proceso de selección de personas candidatas para la reelección compromete la imparcialidad durante el desempeño del cargo.

También se detectó que la elección popular de las personas juzgadoras puede colocarlas en una situación de vulnerabilidad frente a la violencia política y/o del crimen organizado; la elección popular representa riesgos en términos de posibles influencias indebidas de intereses privados y de la delincuencia; así como que la elección popular de los integrantes de tribunales altamente especializados compromete su capacidad para resolver conflictos de forma eficaz e imparcial.

Reforma de AMLO no cumple con el principio de gradualidad

En cuanto a los problema asociados con la integración y funcionamiento de un nuevo órgano de administración judicial, se determinó que la negociación anual del presupuesto del Poder Judicial compromete su independencia; las decisiones del órgano de administración judicial son inacatables y contra éste no procede ningún recurso, lo cual puede propiciar arbitrariedad o abusos en sus decisiones; desaparece la comisión encargada de conflictos en el Poder Judicial y no se establece un sustituto, además, no hay mecanismos de justicia abierta y/o participación ciudadana en los órganos de administración judicial.

Al referirse a un Tribunal de Disciplina Judicial, se determinó que la elección popular de magistrados y magistradas integrantes del Tribunal compromete su independencia e imparcialidad; la coincidencia entre tiempos de mandatos de integrantes del Tribunal y las autoridades que les postulan atenta contra su independencia en el desempeño del cargo; los procedimientos de disciplina pueden ser influenciados por preferencias o afiliaciones políticas; los supuestos de sanción disciplinaria constituyen cláusulas abiertas que transgreden la seguridad jurídica de las personas juzgadoras y pueden propiciar abusos.

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Para el caso de los problemas asociados con los cambios para garantizar una justicia pronta y expedita, con la propuesta de reforma analizó que se deberá enfrentar el rezago judicial sin un diagnóstico adecuado y ello no garantiza lo que se pretende.

Además de que la reforma no cumple con el principio de gradualidad en su implementación, lo cual compromete su éxito.

“En este contexto, cualquier intento de reforma o política judicial debe necesariamente considerar sus posibles impactos en la operación cotidiana de los órganos jurisdiccionales y en el acceso a la justicia de las personas. Una modificación que no sea debidamente planeada y ejecutada puede agravar y comprometer los miles de casos que están sujetos a la jurisdicción de jueces y juezas mexicanos”, detalló la Corte.

Con información de La Silla Rota

MSA