Los diputados del Congreso del Estado de México aprobaron prohibir y sancionar penalmente las terapias de conversión sexual, con penas que van de uno a tres años de prisión, de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días de multa; además, consideraron como agravante si las víctimas pertenecen a un sector vulnerable.
Dicha propuesta impulsada por la legisladora Beatriz García Villegas modificó el artículo 211 del Código Penal, y ahora establece como agravante cuando este delito “se cometa en contra de menores de edad, personas con discapacidad, adultos mayores y personas privadas de su libertad o que no tienen la capacidad para comprender el significado de este hecho”.
Cabe señalar que durante la votación del dictamen se abstuvieron los diputados del PAN; incluso, comentaron que en la práctica será difícil demostrar que un médico es obligado a practicar dichas terapias.
Otro que también se abstuvo fue Carlos Loman, exdiputado del PES, y que aseguró que la reforma se quedó corta, ya que estos cambios polarizan el debate y fomentan la doble discriminación.
Mientras que García Villegas reiteró que el pasado 24 de julio, la Ciudad de México tipifico la tortura a la comunidad LGBTTIQ+, con lo que quedó claro que se busca avanzar hacia una sociedad más justa, con libre autodeterminación y sin transgresiones a los derechos humanos.
Con información de Milenio
JZ