La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este miércoles que el presidente Andrés Manuel López Obrador sí incurrió en propaganda personalizada y uso indebido de recursos públicos con el discurso que emitió el 30 de marzo durante el evento de los primeros 100 días de su tercer año de gobierno.
Ello respecto de las entidades que para esa fecha ya se encontraban en la etapa de campañas electorales: Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora.
Además, se confirmó también que hubo un uso indebido de recursos públicos por 185 mil 515 pesos.
Por unanimidad, los magistrados consideraron que el mandatario tabasqueño debe guardar especial cuidado dada su investidura, así como abstenerse de difundir propaganda gubernamental durante los periodos prohibidos por la Constitución; de lo contrario, señalaron, corre el riesgo de cometer una infracción.
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El pasado 26 de mayo, la Sala Superior del TEPJF determinó que fue ilícito el informe del Presidente de la República del 30 de marzo por haberse realizado en campañas electorales, con lo que vulneró sus deberes de imparcialidad y la neutralidad, y llevó a desequilibrar la competencia electoral.
Por ello, ordenaron al vocero de la Presidencia, Jesús Ramírez, que retirara las transmisiones y publicaciones de dicho informe de todas las plataformas y publicar en todas las cuentas del gobierno de México un extracto de la sentencia, además de la orden de abstenerse de incurrir nuevamente en publicaciones con características de propaganda prohibida.
El PRD impugnó el discurso del jefe del Ejecutivo en el evento “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno”, en Palacio Nacional, al considerar que representó promoción personalizada; uso indebido de recursos públicos; difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas y vulneración a las reglas para la presentación de informe de labores.
Con información de Yahoo Noticias y Milenio
MSA