Diputados aprueban prohibir a menores de 12 años el uso de motocicleta; como conductor o pasajero

En San Lázaro, diputados aprueban reforma de movilidad que prohíbe a menores de 12 años viajar o conducir motocicleta.

Diputados aprueban prohibir a menores de 12 años el uso de motocicleta; como conductor o pasajero
Foto: Archivo El Sol de México

En el pleno de la Cámara de Diputados en San Lázaro se aprobó una reforma a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en la que se prohíbe a cualquier persona, conductora y/o pasajero, menor de 12 años, hacer uso de motocicleta.

Dicha reforma fue aprobada por 409 votos a favor por parte del PRI, PAN, PRD, Morena, PT, PVEM, así como de 25 en contra por parte de la bancada de Movimiento Ciudadano, quienes acusaron que el proyecto cuenta con un apartado en el que prohíbe a los menores de 12 años manejar o ser pasajeros de motocicleta.

  • “siempre y cuando no pueda colocar adecuadamente los pies en los estribos o posapies”, manifestó el diputado Omar Castañeda González, quien solicitó una reserva, sin embargo, le fue rechazada.

“La movilidad no debe ser una cuestión de riesgo, la iniciativa original busca que menores de 12 años no vayan en motocicletas, pero esta iniciativa dice que “mientras no alcancen los estribos”, mi propuesta de reserva plantea que se debe evitar que menores de 12 años vayan en motocicletas aun cuando alcancen los estribos”, expresó Castañeda González.

Luego de que la diputada de la bancada de Acción Nacional, Georgina Gómez Madrigal fundamentó el dictamen, expresó que es necesario establecer la prohibición del tránsito de motocicletas que llevan a menores de 12 años como pasajeros.

  • “El creciente uso de la motocicleta como medio de transporte ha elevado los índices de accidentes viales, este dictamen surge como una medida concreta y necesaria para proteger los derechos de las niñas y niños en materia de transporte vial”, comentó Madrigal.

Dicha reforma de movilidad plantea un plazo para que los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías adecúen su legislación y/o reglamentación conforme al presente decreto en un plazo máximo de 150 días

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