Decreto de “Vacaciones Dignas” fue publicado en el DOF

El decreto entrará en vigor el próximo 1 de enero del 2023

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Foto: estadoactual.com

La reforma que se aprobó tanto en la Cámara de Diputados, como en el Senado de la República, y por el que se emiten las “Vacaciones Dignas”, se publicó este martes en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF).

Esta mañana, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que hoy se publicará el decreto con el que los trabajadores del sector privado tendrán derecho a 12 días continuos de vacaciones desde el primer año laborado.

Dijo que esta medida será benéfica para evitar la desintegración familiar y que las empresas podrán costear esta medida debido a que representará un incremento en sus ventas.

En ese sentido, consideró positiva esta reforma para “que el trabajador tenga posibilidad de estar más con la familia, ayuda mucho la convivencia familiar. Nos afecta mucho la desintegración de las familias”.

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¿En qué consisten las “Vacaciones Dignas”?

 

La reforma conocida como Vacaciones dignas, aprobada el pasado 15 de diciembre, los empleados que cumplan un año de servicio tendrán derecho a 12 días de vacaciones, y a partir de ahí se incrementarán dos días por cada año laborado, hasta llegar al quinto año, cuando se tendrá derecho a disfrutar 20 días de vacaciones.

A partir del sexto año, el período vacacional se incrementará dos días por cada cinco años de trabajo, por lo que al tener de 6 a 10 años de servicio se tendrá derecho a 22 días. De 11 a 15 años, 24 días de vacaciones, y así hasta llegar a 32 días de vacaciones en el caso de las personas que tengan de 31 a 35 años de antigüedad. 

De acuerdo con lo que se publicó en el DOF, se reformaron los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones, por lo que se establece:

Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso, podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios”, se lee en el DOF.

El artículo 78 menciona que las personas trabajadoras tendrán derecho a disfrutar, al menos, 12 días continuos de descanso.

Sin embargo, “dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora, podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”.

El decreto sobre vacaciones dignas que se publicó en el DOF finalmente señala que entrará en vigor el próximo 1 de enero del 2023, o bien, al día siguiente de su publicación, si se está fuera del año referido.

Con información de MVS Noticias y Reporte Índigo

MSA