Declaran monumento artístico los bienes de Octavio Paz

Todos los bienes que constituyen el acervo personal del fallecido escritor mexicano Octavio Paz, ganador del Premio Nobel de Literatura en 1990, fue declarado monumento artístico.

Esto luego que la Secretaría de Cultura publicó este viernes un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que en su artículo 1 declara monumento artístico –a partir de mañana– los bienes del autor de “El arco y la lira”.

Esta declaratoria incluye cualquier formato o soporte, consistente en papeles, documentos y correspondencia privada, así como manuscritos y mecanuscritos de sus poemas, ensayos, artículos periodísticos, traducciones, fotografías y archivo bibliográfico.

El acervo se encuentra en los domicilios ubicados en las calles Río Guadalquivir número 109, interiores 104 y 105; Lerma número 143, piso 6, ambos en la colonia Cuauhtémoc, alcaldía Cuauhtémoc; Plinio número 333, colonia Polanco, en Miguel Hidalgo, y Porfirio Díaz número 125, esquina Denver, colonia Nochebuena, en Benito Juárez; todos en la Ciudad de México.

En su artículo 2, el acuerdo señala que el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura deberá, en el ámbito de sus facultades, proteger dicho acervo conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Asimismo, detalla que queda prohibida la exportación definitiva de los bienes que constituyen el acervo personal del poeta mexicano, quien es considerado una de las figuras más importantes de la literatura en español y universal.

En su artículo 3, se indica que el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura podrá autorizar la exportación temporal, atendiendo a la difusión de la cultura nacional en el extranjero, siempre y cuando no se afecte su integridad y se otorguen garantías confiables para su cuidado y asegurar su retorno.

Además, apunta que la Secretaría de Cultura, por medio del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, podrá celebrar convenios con instituciones públicas y privadas, en el marco de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura serán quienes deban realizar las gestiones necesarias a efecto de que la declaratoria sea inscrita en el Registro Público de Monumentos y Zonas Artísticos.