Corte tumbó concesiones de agua a mineras de Chihuahua

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbó concesiones de agua a mineras de Chihuahua

Corte tumbó concesiones de agua a mineras de Chihuahua
Foto: AGNITIO

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbó concesiones de agua a mineras de Chihuahua.

La Suprema Corte de Justicia anuló hoy cuatro títulos de concesión de uso industrial de agua obtenidos en 2016 por las mineras El Fresnillo y Coeur Mexicana, al establecer que era necesaria una consulta previa a una comunidad rarámuri que se beneficia de aguas de la cuenca del Río Fuerte.

Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte concedió el amparo a la comunidad indígena el Trigo, en el municipio de Uruachi, en contra de los títulos de concesión, así como del decreto del Ejecutivo federal que en septiembre de 2016 eliminó parcialmente la veda que existía desde 1948 para otorgar concesiones en la Subregión Hidrológica Río Fuerte, que nace en Chihuahua y desemboca en Sinaloa.

“En caso de que las autoridades responsables emitan un nuevo decreto en el que se eliminen las vedas y se establezcan zonas de reserva de agua de la Subregión Hidrológica Río Fuerte, de la Región Hidrológica número 10 Sinaloa, previo a su emisión, deberán consultar a la comunidad indígena quejosa, así como a las demás aledañas que puedan sufrir una afectación”, ordenó la Corte.

“Asimismo, deberán consultar a las comunidades indígenas antes del otorgamiento de cualquier título de concesión para el uso, explotación y aprovechamiento de las aguas que constituyen Subregión Hidrológica Río Fuerte”.

Las concesiones anuladas autorizan a las mineras para obtener 270 mil metros cúbicos de agua almacenada en presas de los municipios de Chínipas y Guadalupe y Calvo, ambos en Chihuahua, así como 250 mil metros cúbicos anuales de aguas superficiales del Río Fuerte.

En primera instancia, una jueza federal de Chihuahua había desechado el amparo por considerar que el decreto que eliminó la veda no tenía efectos en el territorio de la comunidad.

Corte tumbó concesiones de agua a mineras de Chihuahua

“Del análisis del expediente se advierte que existe material probatorio suficiente para acreditar que la comunidad quejosa es beneficiaria de los servicios ambientales y el área de influencia de la Subregión Hidrológica Río Fuerte, que pudiera verse afectada con los efectos generados por el Decreto reclamado”, replicó la Corte.

Agregó que no es necesaria una situación de vecindad inmediata con el río, que éste tiene importancia espiritual y es parte de la cosmovisión de la comunidad quejosa, y que la sola expedición de los títulos de concesión a las mineras puede afectar el suministro o contaminar el agua del arroyo que aprovecha.

Mayor relevancia a consultas indígenas 

La Corte lleva años reforzando el derecho a la consulta indígena, lo que ha dificultado importantes proyectos de inversión.

En febrero de 2022, la Primera Sala estableció que esta consulta previa a comunidades es necesaria para otorgar títulos de concesión minera, pese a que la ley de la materia no lo requiere y muchas de las concesiones nunca llegan a ser explotadas.

Dos meses después, la Segunda Sala ordenó una consulta a indígenas antes de concretar la planta de amoníaco para el Complejo Petroquímico de Topolobampo, Sinaloa, una inversión inicial de mil 250 millones de dólares que busca producir en México los fertilizantes que actualmente se tienen que importar.

Con el fin de darle relevancia a las consultas indígenas, la Suprema Corte tumbó concesiones de agua a mineras de Chihuahua.

JZ