Corte declaró inconstitucional la Ley de Pensiones de Chihuahua

La SCJN declaró inconstitucional que en el estado de Chihuahua se exija a los hombres que acrediten tener una discapacidad para cobrar pensión.

Luego de analizar la constitucionalidad de la Ley del Instituto Municipal de Pensiones de Chihuahua, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)  declaró la invalidez de diversas porciones normativas por violar el principio de igualdad y de no discriminación.

Esto dado que dicha Ley condiciona a que los hombres pueden acceder a una pensión por viudez siempre y cuando estuvieran incapacitados física y mentalmente; así como para obtener servicios médicos debían cubrir ciertos requisitos.

Ante esto, la SCJN estableció que los apoyos a personas mayores de deben de dar en términos iguales a hombre y mujeres, sin distinción de género, de lo contrario se caería en una situación de discriminación.

“Es primero una discriminación de género pero contra el varón, sin embargo no es tal, esta discriminación va también contra la mujer porque repite esta cuestión de roles establecidos. Es decir, si es el hombre el que fallece, a la viuda se le entrega la pensión sin mayor requisito pero si es al revés pareciera ser que el hombre si tiene capacidad de seguir trabajando y por lo tanto él no recibiría la pensión, entonces volvemos a una cuestión de roles”, señaló la ministra Norma Lucía Piña Hernández.