Este lunes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prohibición del consumo lúdico de la mariguana contenida en la Ley General de Salud.
Tras reunir la mayoría calificada de ocho votos, requerida por la Ley de Amparo, el Pleno aprobó la propuesta de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien señaló que el Congreso de la Unión incumplió con el mandato de la Corte al no regular el consumo recreativo del cannabis.
Cabe señalar que los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán y Yasmin Esquivel Mossa votaron en contra del proyecto, pues consideraron que no procede la declaratoria general de inconstitucionalidad.
El ministro Pardo destacó su criterio con relación a que invalidar la prohibición no subsana el problema de la ilegalidad de la importación de semilla de cannabis para ejercer el derecho de consumo de la mariguana con fines recreativos.
Una vez conseguida la votación necesaria para declarar inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud, que prevén la prohibición del consumo lúdico de la mariguana, la ministra Piña presentó los efectos de la resolución.
A causa de lo anterior, con mayoría de nueve votos, los ministros avalaron que en la resolución se debe precisar que se eliminan los últimos párrafos de los artículos 235 y 247 en lo referente a que establecen que el consumo del cannabis únicamente se puede efectuar con fines medicinales, lo que impide el consumo recreativo.
Por otro lado, el Pleno de la Corte acordó enviar un exhorto al Congreso de la Unión para que regule el consumo recreativo de la mariguana, con el objetivo de generar seguridad jurídica tanto a los usuarios como a terceras personas.
Además, la Corte indicó que la declaratoria general de inconstitucionalidad se refiere únicamente a la prohibición que se estableció en la Ley General de Salud sobre el consumo lúdico de cannabis y THC, pero no para otros estupefacientes.
Con información de El Universal
JZ