CNBV multa a Salinas Pliego por infringir ley de mercado de valores

La multa es por un monto aproximado de 844 mil 900 pesos por irregularidades detectadas en 2019

CNBV multa a Salinas Pliego por infringir ley de mercado de valores
Foto: El CEO

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) multó a Ricardo Salinas Pliego debido a que violó la Ley del Mercado de Valores como miembro del consejo de administración de Grupo Elektra.

De acuerdo con la autoridad financiera, la multa es por un monto aproximado de 844 mil 900 pesos por irregularidades detectadas en 2019, cuando Salinas Pliego enajenó acciones del capital social de Elektra, empresa con la cual se encontraba vinculado, sin que hiciera una oferta pública o subasta autorizada por la CNBV.

En su carácter de miembro del consejo de administración de grupo Elektra, el 22 de marzo de 2019, enajenó acciones representativas del capital social de Elektra a la cual se encontraba vinculado, sin mediar oferta pública o subasta autorizada por la comisión”, dice el texto de la sanción.

La sanción fue impuesta el pasado 11 de julio de 2024 y de acuerdo con la información de la CNBV, hasta el momento no ha sido pagada y es susceptible de impugnación por parte del empresario.

De igual forma, la CNBV detalla que a la fecha de la publicación de la multa, no se tiene conocimiento de la interposición de algún medio de defensa por parte del empresario.

Grupo Salinas responde a señalamientos de adeudos

En 2017, la comisión impuso una multa a TV Azteca, que también pertenece a Grupo Salinas por 2.26 millones de pesos.

La decisión del regulador se tomó debido a que la empresa no informó a inversionistas sobre movimientos en sus operaciones mediante un “evento relevante”, información que las compañías que cotizan en el mercado mexicano están obligadas a compartir con la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).

 

¿Qué significa que una multa sea susceptible de impugnación?

Todas las sanciones a entidades financieras o bancarias, apoderados legales, entre otras entidades, son canalizadas a la Tesorería de la Federación por la CNBV, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o por el Banco de México (Banxico).

Cuando una multa es susceptible de impugnación, el afectado tiene la posibilidad de justificar sus acciones y demostrar si incurrió o no en una falta.

Con información de Forbes México y El Sol de México

MSA