Aprueban en Q.Roo la Ley Olimpia el cual castiga la “pornovenganza”

Con 23 votos a favor se añadió el capítulo VIII de violencia digital dentro del Código Penal para sancionar de cuatro a ocho años de prisión a quien difunda imágenes de naturaleza sexual

Foto: Twitter / @CongresoQRoo

La XVI Legislatura del Congreso de Quintana Roo aprobó reformas a cinco leyes locales para reconocer como delito la Violencia Política de Genero, asimismo aprobó por unanimidad la conocida Ley Olimpia el cual tipifica como delito la violencia digital conocida como “pornovenganza”. 

El primer dictamen correspondió a reformas hechas a 18 numerales de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 129 de la Ley de Institución y Procedimientos Electorales; cuatro de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en material electoral; y 14 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General, así como el Código Penal.

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En torno a la Ley Olimpia, con 23 votos a favor se añadió el capítulo VIII de violencia digital dentro del Código Penal para sancionar de cuatro a ocho años de prisión y de 200 a 500 días de multa a quien difunda, publique, revele, comparta o altere contenido audiovisual, conversaciones telefónicas, grabaciones de voz, imágenes estéticas o en movimiento, de naturaleza sexual o erótica de otra persona mayor de edad sin su consentimiento a través de cualquier tecnología de información y comunicación o por cualquier medio digital o impreso. 

Sin embargo, las sanciones podrían aumentar en un 50 por ciento cuando el agresor sea el cónyuge, concubina o haya tenido una relación afectiva o de confianza con la víctima.

Con información de El Universal y Milenio

MSA