¿Alguien sabe de qué va la amnistía de AMLO?; Morena tampoco

La famosa amnistía que Andrés Manuel López Obrador propuso durante la temporada de precampañas, fue una de las grandes protagonistas en la siguiente fase electoral, que culminó con el virtual triunfo del tabasqueño el domingo pasado.

El fundador de Morena dijo durante un mitin en Guerrero, que exploraría todas las posibilidades para disminuir la violencia en México y exista paz y justicia, como decretar amnistía para los líderes criminales.

Tanto simpatizantes como detractores del político oriundo de Macuspana se mostraron sorprendidos y hasta ajenos a este planteamiento, pues amnistía no es perdón: su propuesta es igual al olvido. Además, el morenista aseguró que todo se sometería a juicio de las víctimas y/ o familiares de los crímenes.

En la categoría de “líderes criminales” en nuestro país, se encuentran personajes dedicados a la tortura, homicidio, violación, trata de personas, desapariciones, extorsión y secuestro.

Este jueves, Olga Sánchez Cordero, propuesta por AMLO como titular para la Secretaría de Gobernación, afirmó que en el tema del combate a la inseguridad, el nuevo gobierno federal no sólo planteará una ley de amnistía, también propondrán una ley de reducción de penas.

Desde la declaración tan polémica de López Obrador respecto a la amnistía, si alguien ha intentado explicar a qué se refiere el morenista, es precisamente la exministra de la Suprema Corte, quien en cada “exposición de posturas” suma o resta propuestas al propio planteamiento.

Es decir, hasta el momento, ya con todo y virtual Presidente electo, nadie sabe bien a bien cómo operará el recurso de amnistía a criminales.

Por su parte, también este día en entrevista para Televisa, Sánchez Cordero explicó que una propuesta de este tipo debe tener tres características: siempre estar establecida en un periodo del pasado, definir el universo de personas que son elegibles y precisar hipótesis jurídicas.

Por ello, indicó que el lapso que se está considerando es a partir del 1 de diciembre de 2006, cuando el Ejército entró a la lucha contra delincuencia, hasta 2018.

Lo anterior, pese a que México ha firmado varias convenciones internacionales, las cuales no permiten que nuestro país establezca una ley de amnistía en donde están los delitos de alto impacto como la tortura, homicidio, violación, trata de personas, desapariciones, extorsión y secuestro. Delitos mencionados antes en el presente texto.

Para los crímenes antes expuestos, la futura secretaria de Gobernación dijo que se está pensando en una ley de reducción de penas. Una carta abierta para cometer agravios de tal magnitud, con la oportunidad de que en caso de ser procesado o encarcelado, un delincuente pueda contar con menos años de condena.

A pocos meses del 1 de diciembre, cuando eventualmente López Obrador tome posesión al cargo de Presidente de México, el caso de la amnistía no está claro.

Por ello, LaOtraOpinión buscó en la ley mexicana sobre la propuesta de AMLO y a qué se refiere. Esto es lo que encontramos:

La Academia Mexicana de la Lengua dice que la amnistía es el hecho de perdonar ciertos delitos y de anular las penas correspondientes.

En la Sección III, artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a las facultades del Congreso, se indica que el Poder Legislativo es el único que tiene facultad de conceder amnistías por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la Federación, como el de delincuencia organizada.

Por su parte el Capítulo II, artículo 92 del Código Penal Federal establece que la amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas, “excepto la reparación del daño, en los términos de la ley que se dictare concediéndola, y si no se expresaren, se entenderá que la acción penal y las sanciones impuestas se extinguen con todos sus efectos, con relación a todos los responsables del delito”.

La Constitución mexicana también cuenta con un instrumento jurídico llamado indulto, que puede ser otorgado solamente por el Ejecutivo.

El presidente mexicano puede conceder el indulto o perdón a los reos sentenciados por los delitos de competencia de los tribunales federales, de acuerdo con el artículo 89 de la Carta Magna, referente a las facultades y obligaciones del mandatario de México.

Se puede concluir y en este caso reiterar que: amnistía es abolición, olvido; perdón es indulgencia, piedad.

Para Morena y Andrés Manuel López Obrador, el perdón supone crimen; la amnistía no supone nada, a no ser la acusación.

Esperamos aún la explicación, contenido, sentido, directriz, pronunciamientos, opiniones, proyectos, iniciativas, declaraciones, entre otros temas para que, en conjunto, finalmente se llegue a una conclusión acerca de la famosa amnistía populista del “mesías”.

Por ahora, el problema es que como candidato y como virtual presidente electo, AMLO mantiene su propuesta de amnistía en la ambigüedad. Y que la gran mayoría de los ciudadanos votó por un candidato cuya principal propuesta de seguridad ni siquiera está bien definida.