¿Adán Augusto puede buscar la Presidencia si sustituye provisionalmente a AMLO?

Debido a la incertidumbre que se ha generado por el estado de salud del AMLO se ha especulado quién podría sustituirlo

¿Adán Augusto puede buscar la Presidencia si sustituye provisionalmente a AMLO?
Foto: Reporte Índigo

El pasado domingo 23 de abril, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que contrajo, por tercera ocasión, Covid-19.

En ese sentido, dijo que se “guardaría por unos días” y que Adán Augusto López, titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), encabezaría sus conferencias matutinas.

Debido a la incertidumbre que se ha generado por el verdadero estado de salud del mandatario tabasqueño se ha especulado quién podría ser el próximo titular del Ejecutivo Federal en caso de que AMLO no pueda continuar.

En ese sentido, se ha señalado que López Hernández podría sustituirlo temporalmente; asimismo surgieron dudas de sí Adán Augusto López podrá contender en las elecciones de 2024 en caso de asumir provisionalmente la Presidencia de la República.

¿Qué dice la ley?

 

La Constitución establece que en dado caso de que el presidente de México en turno esté indispuesto de ejercer el cargo, será el titular de la Segob quien asuma la Presidencia de la República.

Esta designación será de manera provisional en lo que el Congreso de la Unión define al presidente sustituto, proceso que deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor a 60 días.

Así lo establece el artículo 84 del Capítulo III ‘Del Poder Ejecutivo’ de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual señala lo siguiente:

En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a sesenta días, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo”.

Sin embargo, el artículo 83 también señala que aquellos que se desempeñen a cargo de la Presidencia de la República, ya sea por elección popular, con carácter de interino, sustituto o provisional, no podrán ocupar de nuevo el puesto.

Esto quiere decir que si Adán Augusto López tuviera que sustituir de manera provisional a López Obrador, éste no podría aspirar a la presidencia en las elecciones 2024 o futuras.

El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino o sustituto, o asuma provisionalmente la titularidad del Ejecutivo Federal, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto”, se lee en el artículo 83

Con información de SDP Noticias

MSA