Sheinbaum envía reforma de Salud a diputados; busca prohibir vapeadores

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La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo envió su iniciativa de reforma al sistema de salud a la Cámara de Diputados, con la que busca prohibir los capeadores y fortalecer los sistemas tecnológicos.

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De acuerdo al proyecto de 294 páginas, se busca fortalecer la atención a la población con la Secretaría de Salud (SSa) como rectora y la implementación de acciones del Plan México.

Lo anterior fomentando el desarrollo económico equitativo y sustentable, fortaleciendo la industria nacional en la producción de insumos y agilizando trámites de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Salud digital

También se promoverá la incorporación de la salud digital y la planeación de infraestructura en salud como materias de salubridad general.

Además de “facilitar la prestación de servicios médicos a distancia, para permitir la atención de la población sin necesidad de desplazamiento”.

“Habrá aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación en los servicios de salud.

“Esto incluye, entre otros, la telesalud, la telemedicina, la salud móvil, los registros médicos o de salud electrónicos y los dispositivos portátiles”, indica el documento.

Prohibición de cigarros electrónicos y vapeadores

La iniciativa prohíbe los cigarrillos electrónicos, vapeadores y sistemas análogos, “así como estupefacientes y precursores químicos”.

“El proyecto busca armonizar la ley con una reforma constitucional previa y establecer sanciones para actividades relacionadas con estos productos”.

El documento establece que el marco normativo relacionado con los cigarrillos electrónicos “prohíbe la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales”.

“Además del almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de estos productos en todo el territorio nacional”, apunta el texto.

Cárcel y multas contra dichas conductas prohibidas

La iniciativa presidencial establece un nuevo artículo, el 456 Bis, que impone de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de 100 a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien realice alguna de las conductas prohibidas mencionadas.

Se establece que “todas las autorizaciones sanitarias relacionadas con estos productos otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto quedarán sin efectos, y se notificará a los titulares para que cesen sus actividades”.

El texto también refiere la intención de impulsar el acceso universal a la atención médica a través del intercambio de servicios entre instituciones públicas de salud, para garantizar el acceso efectivo a la atención oportuna y de calidad para todas las personas.

DC