TEPJF inválida revocación de mandato contra Rubén Rocha

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó la revocación de mandato contra Rubén Rocha Moya, gobernador de Sinaloa, al señalar que su promulgación y publicación se dio luego de la elección.

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Por lo que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) dio cumplimiento a la sentencia emitida por el TEPJF.

En sesión extraordinaria se aprobó el acuerdo respecto al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, tramitado bajo el expediente SUP-JDC-1588/2025.

En dicho acuerdo ratifica lo establecido por este instituto en el acuerdo IEES/CG127/2024, aprobado por el Consejo General el 13 de noviembre de 2024.

Por medio del cual se expusieron los fundamentos jurídicos y se declaró la improcedencia del instrumento de participación ciudadana de Revocación de Mandato para el morenista Rocha Moya

Lo anterior porque se promulgó y publicó tras las elecciones del 6 de junio de 2021.

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La Ley de Revocación de Mandatro de Sinaloa no es retroactiva

La resolución que emitió el IESS señala que en estricto apego al artículo 14 constitucional, a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Por lo que resolvió que no es procedente la revocación de mandato.

Cabe recordar que Rubén Rocha Moya resultó electo gobernador en junio de 2021, mientras que en junio de 2022 se reformaron diversos artículos constitucionales de Sinaloa en materia de Revocación de Mandato.

Y en febrero de 2024 se publicó la Ley de Revocación de Mandato para Sinaloa. En este sentido, la ley entró en vigor 2 años y 8 meses después de que el morenista resultó electo como gobernador.

DC