La renovación del Tribunal Electoral

POR JUAN MARTÍNEZ VELOZ

Uno de los actos relevantes que tiene pendiente el Senado de la República  en los próximos días es el nombramiento de los magistrados de la máxima institución electoral del país, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

México ha desarrollado  mucho a partir de la década de los ochentas del siglo XX sus instituciones electorales.

En Latinoamérica en el transcurso de los últimos noventa  años paulatinamente se han venido estableciendo en diversos países  tribunales electorales especializados encargados de la resolución de las controversias derivadas de las elecciones.

Entre los primeros tribunales electorales creados en Latinoamérica se encuentran, la Corte Electoral de Uruguay, prevista originalmente a nivel legal desde 1924, y el Tribunal Calificador de Elecciones de Chile, contemplado a nivel constitucional desde 1925.

En México la renovación político-electoral de Miguel de la Madrid de 1986 trajo consigo la modificación del artículo 60 de la  Constitución a fin de elevar a rango constitucional la obligatoriedad del contencioso electoral federal.

De acuerdo a la ley que reglamentó dicho dispositivo constitucional, es decir el Código Federal Electoral se creó el Tribunal de lo Contencioso Electoral quedo integrado con siete magistrados numerarios y dos supernumerarios.

Posteriormente en 1990 la reforma electoral de ese año dio un paso adelante en el control jurisdiccional de los procesos electorales en el artículo 41 constitucional   avanzándose en  la naturaleza formal y materialmente jurisdiccional del tribunal electoral.

La reforma electoral de 1993 suprimió la auto calificación electoral del Congreso (elecciones de diputados y senadores), dando paso a que diversas instancias del Instituto Federal Electoral declararan la validez de las elecciones de diputados y senadores, y que el Tribunal Federal Electoral fuera la última instancia resolutiva.

La reforma de 1996 constituyó un paso definitivo en el proceso de transición de los organismos electorales del contencioso político al contencioso jurisdiccional, al establecer en el artículo 86 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal.

Dicha reforma determino como facultad del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, además de resolver las impugnaciones de la elección de presidente de la república, el realizar el cómputo final, formular la declaración de validez de la elección y la de presidente  de la república electo.

Hoy en 2016, integradas ya las ternas de propuestas de Magistrados  sobre las cuales el Senado de la República tendrá que  aprobar, debe cuidarse mucho el perfil de los nuevos magistrados

Debe vigilarse una buena integración de alto perfil y respetar equilibrio de género (hombres y mujeres), la experiencia electoral, el equilibrio entre los candidatos internos (del TEPJF) y los externos (sin experiencia en el TEPJF).

Dentro de la última lista de aspirantes, hay candidatos de diferente origen aunque todos tienen destacadas trayectorias laborales y académicas.

Destaca la figura del Licenciado Rodolfo Terrazas Salgado, abogado, maestro y gran constitucionalista especializado en la materia electoral. Empezó su carrera electoral muy joven en primer Tribunal Electoral en 1986 y ya fue Magistrado en el Tribunal Electoral de la CDMX (1999-2007).

Suerte a todos los aspirantes y que la integración definitiva sea la mejor que beneficie a la democracia en México.

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